1. ¿Por qué es importante la
donación de órganos?
En nuestro país existen hoy miles de personas que necesitan de un trasplante de
órganos y tejidos para salvar su vida o mejorar su calidad de vida. El
trasplante sólo puede llevarse a cabo gracias a la voluntad de aquellos que en
forma solidaria dan su consentimiento a la donación.
2. ¿Toda persona
fallecida puede ser donante de órganos?
No, la utilización de un órgano para trasplante requiere que éste haya mantenido
condiciones de oxigenación y aporte sanguíneo adecuado hasta el momento de su
extracción. Estas condiciones están presentes en personas que sufren un grave
daño al sistema nervioso (traumatismo de cráneo, herida de bala, hemorragia
cerebral, etc.) que han sido internadas en servicios de cuidados críticos pero
que pese al esfuerzo médico han evolucionado desfavorablemente, y en los cuales
se certifica el diagnóstico de muerte, manteniendo la oxigenación con el
respirador y el adecuado aporte sanguíneo mediante intervenciones médicas
especiales. Esta situación se presenta en el 5% de las muertes, el 95 %
restantes fallece por paro cardiorespiratorio irreversible en el domicilio, en
la vía pública o en salas de internación general. En ellos no se mantiene la
oxigenación e irrigación de los órganos por lo tanto no pueden aplicarse al
trasplante. Pero sí pueden utilizarse los tejidos.
3. ¿Qué órganos y
tejidos se pueden donar?
Los órganos y tejidos que se pueden trasplantar hasta el momento, son los
siguientes: riñones, hígado, corazón, pulmón, páncreas, intestino. Tejidos:
córneas, piel, huesos, médula ósea, válvulas cardíacas y vasos. De todos modos
la posibilidad de que lo donado sea apto para transplante, siempre constituye
una decisión médica, tomada al momento del fallecimiento.
4. ¿Se puede donar
órganos en vida?
La mayoría de los órganos y tejidos para trasplante, provienen de personas
fallecidas. Esto se conoce como donación cadavérica. La legislación vigente (ley
24.193) sólo contempla el caso del donante vivo relacionado por parentesco
directo, para la donación de riñón (porque se puede vivir con un solo riñón y
tenemos dos) y el hígado (porque se puede segmentar). Aunque sin duda es
preferible el implante de un órgano proveniente de un donante fallecido. En el
implante de CPH (médula ósea), que es un tejido renovable, el donante vivo puede
no tener relación de parentesco con el receptor.
5. ¿Cómo y a quién se
distribuyen los órganos?
La asignación de los órganos y tejidos se hace exclusivamente en base a
criterios específicos, uniformes en todo el país, que toman en cuenta: la
compatibilidad biológica entre donante y receptor (para evitar el rechazo), la
edad, la antigüedad en lista de espera, el tamaño y el peso de donante y
receptor y el grado de urgencia del receptor. Este sistema asegura que los
órganos donados se distribuyan priorizando a los que estén en situación más
crítica y a los que posean las características más similares al donante.
6. ¿Cómo queda el cuerpo
del donante después de la donación de órganos?
La operación se realiza con todos los recaudos de las intervenciones quirúrgicas
de la más alta complejidad. Se extraen los órganos dejando intacto el cuerpo,
que es tratado con la máxima consideración y el profundo respeto que le
corresponde. Inmediatamente después de la cirugía de extracción de los órganos,
el cuerpo es entregado a la familia para el funeral.
7. ¿La familia del
donante fallecido deberá abonar algún gasto adicional asociado a la donación de
los órganos de su ser querido?
No, los familiares del donante no pagan ninguno de los gastos asociados a la
donación de órganos y tejidos.
8. ¿Se debe esperar
algún tipo de retribución por la donación?
No. La donación es uno acto solidario anónimo y gratuito. Es aberrante cualquier
expectativa de beneficio o especulación económica, situación severamente penada
por la legislación vigente.
9. ¿Existe el tráfico de
órganos en nuestro país?
No. Esta práctica es imposible de llevar a cabo. Pensar en su posibilidad es
desconocer la complejidad de un operativo de trasplante. La realización de un
trasplante exitoso depende fundamentalmente de la compatibilidad entre receptor
y donante. Este proceso de selección se lleva a cabo a través de un complejo
mecanismo, legislado e implementado mediante una lista de espera . El proceso
del trasplante requiere además de infraestructura en comunicaciones, tecnología
médica de amplia complejidad y profesionales especializados (laboratorios,
equipos ablacionistas y de implante), lo que implica la movilidad de más de 80
profesionales por operativo. Si algún paso no se llevara a cabo se pondría en
serio peligro la vida del receptor.
10. ¿Quién garantiza la
cobertura de un trasplante?
Todos los gastos relacionados con un transplante (el trabajo del personal médico
y auxiliares, los materiales descartables, etc.) son cubiertos por la obra
social o cobertura del receptor. En caso de aquel bonaerense que no cuente con
ella, el Fondo Provincial de Transplante de Órganos asegura la cobertura
pretrasplante, trasplante y medicación posterior de por vida.
11. ¿Cuál es la posición
de las diversas religiones en relación al trasplante de órganos?
Todas las religiones del mundo se han pronunciado favorablemente respecto de
este esfuerzo por la vida. Por su parte, el Papa Juan Pablo II, Sumo Pontífice
de la iglesia católica se ha manifestado expresamente en apoyo al transplante de
órganos en un mensaje al Congreso Internacional del Trasplante reunido en Roma .
12. ¿Qué significa expresar la
voluntad?
Ejercer el derecho que tiene todo
ciudadano de manifestar su deseo respecto al destino de sus órganos y tejidos
para después de su muerte.
13. ¿Quiénes pueden expresar
su voluntad?
Toda persona mayor de 18 años
podrá, en forma expresa, manifestar su voluntad afirmativa o negativa respecto a
la donación de los órganos o tejidos de su propio cuerpo.
14. Existen causas
médicas que impidan completar un acta de donación?
No, no hay ninguna causa médica que impida el acto voluntario de donación de
órganos para después de la muerte. En el momento del fallecimiento, el equipo de
salud evaluará y decidirá si los órganos son aptos o no para trasplante.
15. ¿Qué sucede si la
persona no se expresa?
De no existir manifestación
expresa, la ley presume que la persona es donante. En esos casos, el Cucaiba
solicitará a la familia que dé su testimonio sobre la última voluntad del
fallecido.
16. ¿Cómo se puede
manifestar la voluntad?
A partir del 22 de enero de 2006,
con la entrada en vigencia de la Ley 26.066 que modifica la Ley de Trasplante,
toda persona mayor de 18 años que desee manifestar su voluntad afirmativa o
negativa respecto a la donación de sus órganos y tejidos podrá hacerlo en forma
expresa a través de cualquiera de las siguientes formas:
En el CUCAIBA o INCUCAI, firmando
un acta de expresión.
En las oficinas del Registro
Civil, asentándolo en el DNI.
En la sección Documentación de la
Policía Federal, firmando un acta de expresión.
Por medio de carta documento o
telegrama expedido de manera gratuita a través del Correo Argentino (sólo para
quienes desean manifestar su oposición).
17. ¿Puede cambiarse la manifestación de voluntad?
Sí. La expresión afirmativa o
negativa puede ser revocada en cualquier momento por el manifestante por medio
de los canales mencionados.
18. ¿La voluntad de la
persona será respetada?
Sí. La voluntad de la persona
fallecida será respetada. Nadie podrá revocar esta decisión.
19. ¿Qué es el Registro
Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación?
Abarca los registros de las
personas que hubieran expresado su afirmativa a la donación y de aquellas que
hubieran manifestado su oposición, por cualquiera de los canales descriptos. Los
ciudadanos tienen acceso a él a través de la página web de Cucaiba y pueden así
corroborar el registro de su expresión de voluntad.
20. ¿Qué organismo
oficial es el responsable del desarrollo del trasplante de órganos en nuestra
provincia?
El CUCAIBA (Centro Único Coordinador de Ablación e Implante) es el organismo del
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, que impulsa el desarrollo
del trasplante como una esperanza de vida y salud para todos los bonaerenses.
Lleva adelante distintas acciones, siendo sus programas prioritarios: Programa
de Procuración de Órganos y Tejidos para Trasplante Campaña Provincial de
Donación de Órganos Programa de Subsidios para Trasplante Servicio Social
Programa de Normatización y Fiscalización Programa de Desarrollo de Servicios de
Trasplante en el Sistema Provincial de Salud.
¿Cómo puedo obtener más
información?
Llamando sin cargo al 0-800-222-0101 o consultando en internet:
www.cucaiba.gba.gov.ar
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